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La Asamblea Nacional del Poder Popular cubano validó tres nuevas leyes

Los debates parlamentarios que este fin de semana condujeron a la aprobación por la Asamblea Nacional del Poder Popular de tres nuevas leyes.

Por Alejandro Langape, corresponsal de NOVA en Cuba

La Constitución Cubana reconoce el ejercicio de la objeción de conciencia pero, a su vez, lo limita de manera tal que en la práctica resulta casi imposible que este sea invocado (el ejemplo más claro está en la obligatoriedad de cumplir el servicio militar establecida para los varones).

Los debates parlamentarios que este fin de semana condujeron a la aprobación por la Asamblea Nacional del Poder Popular de tres nuevas leyes me recordaron este controversial artículo constitucional.

Una de las diputadas, María Armenia Yi Reina, objetó desde sus principios como cristiana (la vida como don de Dios) que se mantuviera en el nuevo Código Penal la pena de muerte, sin efecto en Cuba desde hace más de veinte años. Recordando al inefable Poncio Pilatos, la diputada no pidió un cambio en el articulado, simplemente expuso su objeción (como lavado de manos), a la que el presidente del Tribunal Supremo Popular, Rubén Remigio Ferro, opuso la necesidad de defensa del país, vamos, razones de fuerza mayor.

A la hora de votar, todas las manos se alzaron a favor de la propuesta y el presidente de la Asamblea, Esteban Lazo Hernández, declaró aprobado por unanimidad el nuevo Código Penal. ¿Estaba entre esas manos la de la diputada Yi Reina? ¿Se ausentó de la sala en el momento de las votaciones para de alguna manera mantener a salvo su conciencia? Más allá de que el debate sobre la pertinencia o no de la pena de muerte divide opiniones en todas partes, ante el silencio del resto de diputados como respuesta a la intervención de Yi Reina uno se pregunta cómo puede lograrse en nuestro parlamento no ya una mayoría aplastante, si no una unanimidad absoluta para aprobar un documento que, si seguimos el razonamiento de la diputada, también provocaría un conflicto de conciencia entre sus colegas parlamentarios cristianos, algunos de ellos con responsabilidades en sus respectivas denominaciones. ¿Más que objeción de conciencia nos enfrentábamos al prurito de una parlamentaria? ¿También esos diputados cristianos se ausentaron a la votación final? ¿Cómo se puede votar a favor de un documento que al menos en parte de su articulado nos pone en conflicto con nuestros principios? ¿Será que la pena de muerte tiene respaldo absoluto entre los cubanos, muchos de los cuales apenas recuerdan la última vez que fue aplicada?

Otra diputada que manifestó objeciones al articulado del Código Penal fue la muy mediática: Mariela Castro Espín, hija del expresidente Raúl Castro Ruz y sobrina de Fidel Castro y al frente del CENESEX. Castro Espín abogaba porque el Código Penal tipificara como figura delictual el femicidio, tal como ha ha sido recogido en los cuerpos legales de diversas naciones del entorno latinoamericano que fueron citadas por la diputada. Tanto Rubén Remigio Ferro como José Luis Toledo Santander, presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Jurídicos del parlamento cubano, intentaron demostrar a la diputada Castro Espín que el articulado del Código Penal abordaba completamente la violencia contra la mujer, sin necesidad de incluir una nueva tipología y citaron la desaparición de nuestros códigos penales de figuras como el parricidio o el infanticidio, incluidas hoy día en figuras delictuales más generales, al tiempo que consideraban que (sin ofrecer cifras al respecto, faltaría más) la situación en la isla no era comparable con otras naciones de su entorno.

Estas puntualizaciones no disuadieron a Castro Espín de mantener su propuesta y vino entonces la “maravillosa” intervención de la diputada Teresa Amarelle Boué que en ejercicio de un delicioso cantinfleo insular apoyó sin apoyar a Castro Espín, considerando válido incluir su propuesta, del mismo modo que sería válido no hacerlo. Si se sabe que Amarelle Boué es desde 2012 Secretaria General del Comité Nacional de la Federación de Mujeres Cubanas (FMC, única organización femenina reconocida en el país) uno se pregunta, junto a Nicolás Guillén en su famoso poema: ¿”Cómo ha podido ser?” Pero definitivamente es. Para la FMC la agenda feminista en cualquiera de sus olas nunca ha sido una prioridad. A su dirigencia le interesa más incorporar a la mujer cubana a las tareas de la Revolución, al punto de que en lugar de promover el empoderamiento femenino como ocurre en Latinoamérica o España, en Cuba exista un Programa Nacional Para el Adelanto de las Mujeres y conquistas como el derecho al aborto o la equiparación salarial se consideran fruto de la generosidad de la Revolución.

Muchos meses atrás las feministas cubanas habían abogado porque se incluyese en el cronograma de la Asamblea Nacional del Poder Popular el debate de una Ley Integral Sobre la Violencia Contra la Mujer, petición rechazada bajo el pretexto de que existan otras prioridades en un cronograma repleto de proyectos que responden y/o complementan el articulado constitucional.

Persistente en su objetar, Castro Espín forzó la votación de su propuesta y resultó desolador comprobar que solo su brazo se levantaba al fondo de la sala y que, por aplastante mayoría, el femicidio seguirá sin ser tipificado como figura delictual en el código cubano, una muestra del largo y difícil camino que tienen ante sí las feministas cubanas y de que una cosa es aplaudir a las personalidades que en Latinoamérica promueven normas y leyes que condenan lo que Diana Russell definió como “el asesinato de mujeres por hombres motivados por el odio, desprecio, placer o sentido de posesión hacia las mujeres” y otra muy diferente es incluirlas en nuestro marco legal.

Nada, que Castro Espín seguirá buscando “intencionar” desde otros frentes en su lucha contra un fenómeno que en el presente año ha cobrado varias vidas en Cuba, como ha venido denunciando la publicación digital Alas Tensas que dirige la poetisa cubana Ileana Álvarez. Ah, y que a fin de cuentas en Cuba puedes objetar cuanto quieras las propuestas que vienen “desde arriba”, pero tu objeción (normalmente como la de un Robinson solitario) no implica que puedan cambiar.

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